AYUDAS A LA CONTRATACIÓN DE TITULADOS DE LA JUNTA DE CYL Y FORCAREM

AYUDAS A LA CONTRATACIÓN DE TITULADOS DE LA JUNTA DE CYL Y FORCAREM

El Ayuntamiento de Íscar te comparte esta información de las ayudas a la contratación de titulados de la Junta de Castilla y León en coordinación con FORCAREM; Fundación para el Anclaje empresarial y la Formación para el Empleo en Castilla y León con ayuda de la Junta de Castilla y León. 

Programa de Formación a la carta en empresas con carácter dual. AMPLIADO PLAZO DE SOLICITUD hasta 31 de octubre de 2025.

El BOCYL del 21 de mayo de 2024 ha publicado la Resolución de 15 de mayo de 2024, del Presidente de la Comisión Ejecutiva de Formación para el Empleo de la Fundación para el Anclaje Empresarial y la Formación para el Empleo en Castilla y León por la que se convocan las subvenciones del Programa de formación a la carta en empresas con carácter dual (FORCAREM).

Estas subvenciones tienen por objeto fomentar la formalización de “contratos formativos para la obtención de la práctica profesional” por parte de las entidades con centros de trabajo en la Comunidad de Castilla y León, así como financiar las acciones de formación profesional para el empleo que, en su caso, programen como complementarias a la obtención de la práctica profesional, con la finalidad de proporcionar a las personas trabajadoras contratadas cualificación en competencias específicas y/o en habilidades transversales demandadas por las empresas.

La cuantía de la subvención por cada trabajador contratado en los grupos de cotización a la Seguridad Social 1 a 4 será el 75% de los costes salariales, con el límite de 2.905,00 euros por persona y mes completo que dure la contratación. En los grupos de cotización 5 a 9 será el 100% de los costes salariales, con el límite máximo de 1.936,67 euros por persona y mes. En el caso de que se programen acciones formativas complementarias, el importe de la subvención podrá ascender a 13 € por hora de formación con un máximo de 300 horas. Así mismo, se subvencionarán los gastos de equipos de protección individual, y los gastos por desplazamiento para acudir a la formación complementaria, en su caso.

El plazo de solicitud está abierto hasta el 31 de octubre de 2025. Podrán subvencionarse contratos iniciados desde el 3 de octubre de 2023 y que estén vigentes en el momento de solicitar la subvención.

Para la puesta en marcha de estas subvenciones, la Consejería de Industria, Comercio y Empleo cuenta con la colaboración de la Fundación para el Anclaje Empresarial y la Formación para el Empleo en Castilla y León (FAFECYL), fundación adscrita a la Consejería, que forma parte del sector público de la Comunidad de Castilla y León.

A través del siguiente enlace puede acceder a la información:

https://fafecyl.jcyl.es/web/jcyl/FundacionEmpleo/es/Plantilla100Detalle/126382 5162592/Noticia/1285397543644/Comunicacion?plantillaObligatoria=17PlantillaContenidoNoticiaHome

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Iscar Admin
PROYECTO DE ALUMBRADO PÚBLICO EN EL POLÍGONO INDUSTRIAL: AVENIDA SAN MIGUEL Y CALLE NOGAL

PROYECTO DE ALUMBRADO PÚBLICO EN EL POLÍGONO INDUSTRIAL: AVENIDA SAN MIGUEL Y CALLE NOGAL

El Ayuntamiento de Íscar adjudica un nuevo proyecto de alumbrado público en el Polígono Industrial, en la Avenida San Miguel y Calle Nogal.

Se trata de crecer en la red de alumbrado público siempre con la mirada en la sostenibilidad, el ahorro y en la inteligencia tecnológica mediante luminarias Led e incluso alimentadas por energía solar como será en la fase de calle Nogal.

El proyecto será financiado al 100% por la Junta de Castilla y León a través del Fondo de Cooperación Económica Local General 2024.

El Alcalde de Íscar, José Andrés Sanz, manifiesta que este proyecto permitirá avanzar en la «eficiencia y la sostenibilidad», con un mayor control del consumo y ahorro energético, en la línea de los objetivos marcados por los planes de transformación energética, mejorando una de las entradas principales del municipio, reforzando la presencia, seguridad y visibilidad de la Industria local.

DESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN

NOMBRE DE PROYECTO: Proyecto de instalación de alumbrado público en Avenida San Miguel y calle Nogal.

DESCRIPCIÓN DE LAS OBRAS: Instalación de báculos y luminarias en las zonas de polígono industrial del municipio, en concreto en la calle Nogal y en la Avenida San Miguel, ampliando de este modo la red de alumbrado público.

El proyecto abordará una instalación total de 29 farolas, que afecta a 830 metros lineales de esta calle. Y en la calle nogal, 19 farolas que afecta a 450 metros lineales de la calle. Además se han conseguido otras 10 luminarias, como mejora de contratación.

Las luminarias serán todas con tecnología Led, en la Avenida San Miguel alimentadas desde la propia red eléctrica y en la calle Nogal alimentadas mediante energía solar, disponiendo cada luminaria de su placa y batería para que sean autónomas y sin consumo eléctrico, cuentan con un sistema antivandalismo para evitar el robo del cableado.

PRESUPUESTO TOTAL DE LA INVERSIÓN: 131.642,30 EUROS

FINANCIACIÓN: Subvencionadas al 100% por la Junta de Castilla y León a través del Fondo de Cooperación Económica Local General 2024.

EMPRESA ADJUDICATARIA DE LAS OBRAS: ENERGÍAS ALONSO, S.L.

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Iscar Admin
RECUERDA ACTIVA HASTA EL 30 SEPTIEMBRE CONVOCATORIA PREMIOS ECOEMPLEO DIPUTACIÓN DE VALLADOLID AÑO 2024

RECUERDA ACTIVA HASTA EL 30 SEPTIEMBRE CONVOCATORIA PREMIOS ECOEMPLEO DIPUTACIÓN DE VALLADOLID AÑO 2024

El Ayuntamiento de Íscar, desde la Concejalía de Industria y Comercio, te comparte esta nueva convocatoria de los Premios Ecoempleo de la Diputación de Valladolid año 2024.  

Objeto o finalidad:

 

Reconocer y valorar los proyectos de ecoempleo o empleo verde, esto es, aquellos que contribuyen a preservar y restaurar el medio ambiente, ya sea en los sectores tradicionales o en nuevos sectores emergentes, como las energías renovables y la eficiencia energética.

Importe presupuestado:

 

12.000 €

Importe de los premios:

 

  • Primer premio: 6.000 €

  • Segundo premio: 4.000 €

  • Tercer Premio: 2.000 €

Destinatarios:

 

Autónomos y pequeñas empresas (hasta 50 trabajadores) que tengan su centro productivo o de trabajo en municipios de la provincia de Valladolid con menos de 20.000 habitantes, respecto a actuaciones desarrolladas en el ámbito del ecoempleo en 2024.

 

Fecha de publicación del extracto en el BOP:

16 de mayo de 2024

 

Plazo de presentación de solicitudes:

Hasta el 30 de septiembre de 2024, incluido

 

TODA LA INFORMACIÓN EN LA OFICINA DEL EMPRENDEDOR EN LA DIPUTACIÓN, EN EL AGENTE DE IMPULSO RURAL EN EL AYUNTAMIENTO DE ÍSCAR Y EN EL SIGUIENTE ENLACE: 

 

https://subvenciones.diputaciondevalladolid.es/convocatorias-premios/-/journal_content/56/159746/5678619

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Iscar Admin

LA OFICINA DEL AGENTE DE IMPULSO RURAL EN ÍSCAR CIERRE TEMPORAL POR VACACIONES


La oficina de impulso rural de la Diputación de Valladolid, sita en el Ayuntamiento de Íscar, comunica unos días de cierre por vacaciones del 19 al 30 de agosto. 



Cualquier consulta comunicarse con la Oficina del Emprendedor de la Diputación de Valladolid: Tl. 900 47 47 47



#iscardepuertasalmundo
@dip_valladolid

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Iscar Admin
JORNADA FORMATIVA DE LA DIPUTACIÓN GRATUITA SOBRE ECONOMÍA CIRCULAR

JORNADA FORMATIVA DE LA DIPUTACIÓN GRATUITA SOBRE ECONOMÍA CIRCULAR

El Ayuntamiento de Íscar, desde la Concejalía de Industria y Comercio, te comparte esta jornada formativa sobre Economía Circular. 

Formación pensada para personas que quieran emprender una idea de negocio.

Dirigida a jóvenes actualmente desempleados y abierta a adultos interesados y sin requisito de nivel de cualificación.

Plazas:              10 participantes

Jornada:            Horario de 10:00 h hasta las 13:30 h y un descanso de 11:30 h a 12:00 h

en el que les invitamos a un desayuno

Formación:       Se impartirá en el ‘Aula de Formación de la Diputación’.

Edificio Hospital Viejo en la C/Ramón y Cajal, 5 (47003-Valladolid)

Fecha:               Antes del jueves 29 de agosto, según disponibilidad de los usuarios.

Más información en Diputación de Valladolid.  

Técnico de Proyectos Europeos. 

Mail:  beremundo.ruydiaz@dipvalladolid.es   Tl. 983 635 338

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Iscar Admin
JORNADAS FORMATIVAS GRATUITAS COMERCIO ELECTRÓNICO Y VENTA ONLINE

JORNADAS FORMATIVAS GRATUITAS COMERCIO ELECTRÓNICO Y VENTA ONLINE

Como continuación de las Jornadas de digitalización y en relación con las ayudas de Fondos europeos del KIT DIGITAL se ha organizado, por la OFICINA ACELERA PYME RURAL DE ÍSCAR, una JORNADA DE MOTIVACIÓN y TRANSFORMACIÓN TECNOLÓGICA que se celebrará este próximo lunes, día 24 de junio, de 10 a 13h y de 16 a 19h en el Salón Azul del Ayuntamiento de Íscar. 

El Agente Acelera Pyme de Íscar, Diego González, atenderá las consultas y de la inscripción en la posibilidad DUAL que facilitará que puedas acceder a esta jornada de forma Presencial u On-Line.

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Iscar Admin
SUBVENCIONES DESTINADAS A EMPRESAS FOMENTO PROMOCIÓN PROFESIONAL MUJER EN CYL

SUBVENCIONES DESTINADAS A EMPRESAS FOMENTO PROMOCIÓN PROFESIONAL MUJER EN CYL

El Ayuntamiento de Íscar, desde la Concejalía de Industria, te comparte la siguiente información sobre las Subvenciones destinadas a empresas para fomentar la promoción profesional de la mujer en Castilla y León (2024)

Objeto:

Convocar, durante el año 2024, la concesión de las subvenciones en régimen de concesión directa para incentivar la promoción profesional de las mujeres en empresas de hasta 500 trabajadores/as que desarrollen su actividad en Castilla y León, con la finalidad de facilitar la promoción profesional de mujeres trabajadoras por cuenta ajena en empresas privadas para contribuir a que la participación de mujeres y hombres en el mercado de trabajo se realice con igualdad plena de oportunidades..

Se considera promoción profesional, a efectos de esta resolución, todo cambio de categoría o grupo profesional, según convenio colectivo, que conlleve la realización efectiva de funciones de mayor cualificación y un incremento salarial consolidable. En los casos de ausencia de convenio colectivo aplicable se considerará promoción profesional el cambio de funciones debidamente justificado que conlleve la realización efectiva de funciones de mayor cualificación con un incremento salarial consolidable.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 4 de junio de 2024 hasta el 30 de septiembre de 2024

Lugar y Forma de presentación:

Presencial

Electrónico

¿Quién lo puede solicitar?

Empresas privadas y personas físicas empleadoras, que desarrollen su actividad empresarial en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León y que en su totalidad tengan hasta 500 trabajadores/as.

¿Qué requisitos debo cumplir?

La actuación subvencionable deberá cumplir los siguientes requisitos:

  1. Se ha de producir en centros de trabajo ubicados en Castilla y León.

  2. No ha de mediar interrupción entre el contrato preexistente y el que resulte de la novación, tras la promoción profesional.

  3. Debe suponer un incremento salarial bruto, calculado teniendo en cuenta catorce pagas (doce pagas ordinarias y dos pagas extraordinarias), igual o superior a 1.400 euros, o cantidad reducida proporcionalmente en el caso de contratos de trabajo a tiempo parcial, o a tiempo completo con reducción de jornada voluntaria por cualquier causa o contrato fijo discontinuo. El incremento tiene que derivar de las percepciones salariales cotizables.

    Para determinar si se ha producido el incremento salarial exigido para obtener la condición de beneficiaria, se hallará la media de las remuneraciones totales contenidas en las nóminas que haya emitido la empresa en los doce meses anteriores al mes de la promoción, o desde que la trabajadora fuera contratada, si ha estado contratada desde hace menos de 12 meses. Igualmente se procederá a hallar la media entre la remuneración total de la nómina del mes de la promoción y del posterior. Las cantidades resultantes de hallar estas medias son las que se comparan a efectos de determinar si se ha efectuado el citado incremento. En todo caso no serán consideradas las remuneraciones por las horas extraordinarias si las hubiera.

  4. El incremento salarial debe haberse producido como consecuencia del cambio de categoría o grupo profesional según convenio colectivo aplicable. En el supuesto de que la categoría o grupo profesional no esté contemplado en convenio específico o general, el cambio de funciones en que se fundamente la promoción profesional se habrá de acreditar con la descripción detallada de ambos puestos de trabajo.

  5. La trabajadora cuya promoción profesional se pretende subvencionar no podrá estar afectada por expediente de regulación de empleo de suspensión de contrato o de reducción de jornada (salvo que esta se haya producido por petición voluntaria de la trabajadora), ni en el momento de la promoción, ni en el año siguiente al ascenso.

¿Para qué es la ayuda?:

Será subvencionable la novación de contratos de trabajo que suponga una promoción profesional de carácter indefinido. En el supuesto de los contratos temporales, dentro del periodo subvencionable, deberá producirse la conversión del contrato temporal en indefinido.

La novación de contratos de trabajo debe formalizarse entre el 1 de noviembre de 2023 y el 30 de septiembre de 2024.

Cuantía:

  • La cuantía de la subvención será con carácter general de 2.000 euros. Esta cuantía se incrementará hasta 2.800 euros si la trabajadora desarrolla su actividad en las profesiones y ocupaciones con menos índice de empleo femenino.

  • En el caso de que los contratos sean a tiempo parcial, o a tiempo completo con reducción voluntaria de jornada por cualquier causa, o contrato fijo discontinuo, la cuantía de la subvención se reducirá en proporción a la jornada realizada o días trabajados

  • En el caso de presentarse varias solicitudes de promoción profesional por la misma empresa, se subvencionará con el 100% la primera solicitud, con el 80% la segunda solicitud, con el 60% la tercera solicitud y con el 40% la cuarta solicitud y sucesivas.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado, acompañada de la siguiente documentación: Documentación a presentar (96 kbytes)

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Iscar Admin
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Iscar Admin

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA EL PLAN DE RETORNO DE JÓVENES, AÑO 2024

Subvenciones dirigidas a jóvenes nacidos en la provincia de Valladolid para la promoción de medidas que incentiven su retorno, y su posterior permanencia.

 

Beneficiarios:

 

Particulares

Importe presupuestado:15.000 euros

Cuantía máxima por beneficiario:2.500 euros

 

Destinatarios:

 

Personas físicas que cumplan los siguientes requisitos, a fecha de presentación de la solicitud:

A) Deberán pertenecer a uno de los siguientes colectivos:

1. Investigadores procedentes de proyectos de investigación universitarios.

2. Autónomos que retornan o nuevos emprendedores retornados a alguno de los municipios de la provincia de Valladolid de menos de 20.000 habitantes que se dan de alta como autónomos.

3. Trabajadores por cuenta ajena que retornan a alguno de los municipios de la provincia de Valladolid de menos de 20.000 habitantes al obtener un contrato de trabajo en empresas de la provincia.

 

B) Haber nacido entre los años 1988 y 2006, ambos inclusive.

 

C) Haber nacido en algún municipio de la provincia de Valladolid que actualmente tenga menos de 20.000 habitantes, o haber estado empadronado, de forma continua o no, durante al menos un año en algún municipio de la provincia de Valladolid con menos de 20.000 habitantes con carácter previo al 1 de enero de 2024.

 

D) Haber retornado a la provincia de Valladolid después del día 1 de enero de 2023 desde el extranjero o desde una provincia española no perteneciente a la provincia de Valladolid o pretender retornar, como máximo hasta la fecha de concesión de la ayuda.

 

E) Haber residido en el extranjero o fuera de la provincia de Valladolid durante, al menos, los seis meses anteriores al retorno.

 

F) Estar o haber estado en el extranjero o fuera de la provincia de Valladolid ejerciendo una actividad profesional, laboral o investigadora. En el caso de autónomos, se entenderá que se ha desarrollado una actividad profesional cuando durante los seis meses anteriores al retorno se haya estado trabajando durante, al menos, un mes como autónomo. En el caso de trabajadores por cuenta ajena, se entenderá que se ha desarrollado una actividad laboral cuando durante los seis meses anteriores al retorno se haya estado trabajando por cuenta ajena durante, al menos, un mes y, como mínimo, a media jornada. No se incluyen en esta línea de subvenciones las personas que se han trasladado al extranjero temporalmente para completar sus estudios o aprender idiomas.

 

G) Estar empadronado en algún municipio de la provincia de Valladolid con menos de 20.000 habitantes a fecha de presentación de la solicitud o, en su caso, asumir el compromiso de empadronarse si resulta beneficiario de la subvención. Para la determinación de la población de los municipios se tendrán en cuenta los últimos datos publicados por el INE.

 

H) A fecha de presentación de la solicitud, encontrarse en una de estas situaciones: 

 

Estar dado de alta como autónomo y tener el domicilio social o centro productivo en algún municipio de la provincia de Valladolid con menos de 20.000 habitantes, o pretender darse de alta como autónomo si resulta beneficiario de la subvención, siempre que el domicilio social o centro productivo previsto se ubique en algún municipio de la provincia de Valladolid con menos de 20.000 habitantes, como máximo el 28 de junio de 2024. Sólo se admitirá la solicitud, en este caso, si no se ha retornado de forma efectiva a fecha de presentación de solicitud.

 

Trabajadores por cuenta ajena, cuyo contrato de trabajo, concertado o que se pretenda concertar, sea al menos de media jornada y de una duración no inferior a seis meses, siempre y cuando establezca su residencia en un municipio de la provincia de Valladolid de menos de 20.000 habitantes, a fecha 30 de junio de 2024 como máximo. 

 

Haber iniciado o iniciar un proyecto de investigación antes del 30 de junio de 2024 que concluya antes del 31 de diciembre de 2024. Sólo se admitirá una solicitud por persona y/o unidad familiar.

 

Gastos subvencionables:

Gastos directamente relacionados con la presente convocatoria de subvenciones, que se realicen entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2024, imputables a alguna de las siguientes actuaciones:

• Gastos de desplazamiento y mudanza del solicitante o de su unidad familiar. A estos efectos, se entiende por unidad familiar la formada por el solicitante y su cónyuge, siempre que no estuviera separado legalmente, o miembro de unión de hecho inscrita, y los descendientes miembros de la misma que convivan con el solicitante. Respecto a los gastos de desplazamiento, se considerarán como tales los gastos generados por el retorno desde la localidad de origen en el extranjero o fuera de nuestra provincia, hasta el municipio de Valladolid donde se haya empadronado o pretenda empadronarse. El desplazamiento deberá haberse realizado mediante transporte colectivo (avión, tren, barco, autobús, taxi, etc.), no en vehículo propio. En cuanto a los gastos de mudanza, se considerarán como tales los gastos ocasionados por el traslado de mobiliario y enseres que se realicen a través de una empresa especializada (incluidos los gastos de paquetería) o personalmente mediante el alquiler de una furgoneta.

 

• Además, se consideran gastos subvencionables en el caso de los investigadores, los ocasionados con motivo de la adquisición de materiales, realización de pruebas y ensayos, así como desplazamientos en transporte colectivo directamente relacionados con el proyecto de investigación.

• En el caso de trabajadores autónomos o emprendedores que se den de alta, según se trate, serán subvencionables, además los gastos derivados del alquiler del local, y el abono de las cuotas de la seguridad social.

• En el caso de emprendedores, se podrán presentar como gastos subvencionables aquellos previos al alta y dentro del período subvencionable que se refieran a gastos de asesoría de planes de negocio, y formación en emprendimiento.

• En el caso de trabajadores por cuenta ajena, será también subvencionable la diferencia retributiva de la nómina actual con la nómina del contrato precedente, durante el período subvencionable, siempre que esta sea inferior a la anterior.

 

Fecha de publicación del extracto en el BOP:

12 de abril de 2024

 

Plazo de presentación de solicitudes:

Hasta el 28 de junio de 2024, incluido

 

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Iscar Admin
NUEVAS AYUDAS DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN PARA MEJORAS EN LOS CENTROS DE TRABAJO

NUEVAS AYUDAS DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN PARA MEJORAS EN LOS CENTROS DE TRABAJO

Subvenciones dirigidas a la realización de inversiones para la mejora de los lugares de trabajo en los centros de trabajo de Castilla y León (2024)

Objeto:

Convocar para el año 2024, en régimen de concesión directa, subvenciones públicas dirigidas a financiar inversiones en los lugares de trabajo de los centros de trabajo de Castilla y León, con la finalidad de mejorar las condiciones de seguridad y salud laboral de los trabajadores de Castilla y León.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 11 de abril de 2024 hasta el 31 de julio de 2024

Más Detalles:

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el primer día hábil siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria y finalizará el 31 de julio de 2024.

¿Quién lo puede solicitar?

Personas físicas, personas jurídicas privadas, comunidades de bienes y otras entidades carentes de personalidad jurídica legalmente constituidas, todas ellas con ánimo de lucro, que cumplan los requisitos.

¿Qué requisitos debo cumplir?

  1. Ser titular de un centro de trabajo en Castilla y León.

  2. El centro de trabajo donde se vayan a realizar las inversiones que se indican en las presentes bases debe estar ubicado en Castilla y León.

  3. Contar con al menos un trabajador por cuenta ajena, en dicho centro de trabajo el último día del mes natural anterior a la fecha de publicación del extracto de convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Castilla y León.

  4. No haber sido sancionados con carácter firme por infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales en los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de efectos de la orden de convocatoria.

  5. No estar incurso en las prohibiciones establecidas en los puntos 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, mediante aportación de una declaración responsable conforme al modelo que se determine en la correspondiente convocatoria.

  6. Cumplir la empresa, con la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad, o la no sujeción a la misma, o, en su caso, la exención de dicha obligación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 75/2008, de 30 de octubre, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de la normativa para la integración laboral de personas con discapacidad y el establecimiento de criterios de valoración y preferencia en la concesión de subvenciones y ayudas públicas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

  7. Contar la empresa con un plan de igualdad si están obligadas a ello, conforme a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad de hombres y mujeres, mediante declaración responsable contenida en el formulario de la solicitud, acompañada de copia del boletín o diario oficial donde figure la resolución de registro del plan de igualdad, en el supuesto de no estar publicado, se presentará el documento firmado por la comisión negociadora y en el supuesto de que el plan haya concluido su vigencia, se presentará el acuerdo de inicio de la comisión negociadora del plan de igualdad.

Las condiciones deberán mantenerse desde el momento de la presentación de la solicitud hasta su liquidación.

¿Para qué es la ayuda?:

Serán subvencionables las siguientes inversiones cuya necesidad preventiva haya quedado reflejada en la Evaluación de Riesgos de la empresa y se haya recogido en la Planificación de la Actividad Preventiva a la que se refiere la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y también las de renovación o mejora de las instalaciones indicadas:

1. Inversiones destinadas a ofrecer seguridad frente a los riesgos presentes en los lugares de trabajo:

a) En las condiciones constructivas: Suelos, aberturas, desniveles, y barandillas; Tabiques, ventanas y vanos; Vías de circulación internas; Puertas y portones; Rampas, escaleras fijas y de servicio.

b) La iluminación de los lugares de trabajo cerrados.

c) Las condiciones ambientales de los lugares de trabajo cerrados.

2. Inversiones en los servicios higiénicos, locales de descanso y locales de primeros auxilios de los lugares de trabajo: En los vestuarios, duchas, lavabos y retretes; en los locales de descanso, y en los locales de primeros auxilios.

3. Inversiones encaminadas a facilitar la adopción de las medidas sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo.

Las inversiones deberán estar efectuadas y pagadas entre el 1 de noviembre de 2023 y el 2 de septiembre de 2024, ambos inclusive.

Cuantía:

La cuantía de la subvención será el 85% de los gastos subvencionables, no pudiendo en ningún caso superar el importe de 50.000 euros por centro de trabajo.

TODA LA INFORMACIÓN EN: 

https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/Plantilla100Detalle/1251181050732/Ayuda012/1285386691735/Propuesta?utm_source=alertascontenidos&utm_medium=mail&utm_campaign=Ayuda

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Iscar Admin