SUBVENCIONES PARA DESARROLLAR Y MEJORAR LAS CAPACIDADES DE INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN DEL TEJIDO EMPRESARIAL

El Ayuntamiento de Íscar, desde la Concejalía de Industria y Comercio, te comparte la siguiente información:

SUBVENCIONES PARA DESARROLLAR Y MEJORAR LAS CAPACIDADES DE INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN DEL TEJIDO EMPRESARIAL A TRAVÉS DEL APOYO A LAS AGRUPACIONES EMPRESARIALES INNOVADORAS (AAEEII), COFINANCIADAS POR EL FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL (FEDER) 2023

¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?

Agrupaciones Empresariales Innovadoras o Clústeres, inscritos en el registro de AAEEII de Castilla y León.

¿QUÉ REQUISITOS DEBO CUMPLIR?

Requisitos de los beneficiarios

  1. Agrupaciones Empresariales Innovadoras o Clústeres, inscritos en el registro de AAEEII de Castilla y León en la fecha de publicación del extracto de la convocatoria, de acuerdo con lo regulado en el Decreto 51/2010, de 18 de noviembre, por el que se crea y regula el Registro de Agrupaciones Empresariales Innovadoras de Castilla y León, modificado por el Decreto 14/2020, de 12 de noviembre.

  2. Entidades, cualquiera que sea su forma jurídica, que tengan un centro de trabajo y realicen una actividad en el territorio de la Comunidad Autónoma, que se encuentren asociadas a cualquiera de las Agrupaciones Empresariales Innovadoras inscritas en el registro de Castilla y León señaladas en el apartado anterior y que participen en el proyecto subvencionado junto a la Agrupación Empresarial Innovadora.

Requisitos de los proyectos

  1. Que los proyectos sean técnica, económica y financieramente viables.

  2. Que la ejecución de las actuaciones no se haya iniciado con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud ya que, conforme a lo previsto en el artículo 6 del Reglamento (UE) nº. 651/2014, las subvenciones reguladas en esta orden sólo serán aplicables si tienen efecto incentivador.

¿PARA QUÉ ES LA AYUDA?:

Serán subvencionables los proyectos y actuaciones siguientes:

a) Actividades de investigación industrial.

b) Actividades de desarrollo experimental.

c) Estudios de viabilidad técnica.

d) Innovación en materia de organización.

e) Innovación en materia de procesos.

Y se deberán ejecutar desde el día siguiente de la presentación de la solicitud hasta el 31 de diciembre de 2023.

 Actuaciones subvencionables (93 kbytes)

CUANTÍA:

  • Actuaciones de investigación industrial: La subvención que podrá recibir cada beneficiario será del 50% de los costes subvencionables. Este porcentaje podrá aumentarse hasta alcanzar un máximo del 80% de los costes subvencionables.

  • Actuaciones de desarrollo experimental: La subvención que podrá recibir cada beneficiario será del 25% de los costes subvencionables. Este porcentaje podrá aumentarse hasta alcanzar un máximo del 60% de los costes subvencionables.

  • Actuaciones de estudios de viabilidad: La subvención que podrá recibir cada beneficiario será del 50% de los costes subvencionables, y podrá aumentarse en 10 puntos porcentuales en caso de medianas empresas, y 20 puntos porcentuales para pequeñas empresas

  • Actuaciones de innovación en materia de organización y de innovación en materia de procesos: La subvención que podrá recibir cada beneficiario será del 50% de los costes subvencionables para PYMES, y del 15% en el caso de las grandes empresas.

¿QUÉ DOCUMENTOS NECESITO?

Solicitud, en modelo normalizado, una y su correspondiente documentación por cada actuación o proyecto subvencionable, que se presentará por una AEI inscrita en el Registro de AAEEII de Castilla y León.

Cuando se trate de proyectos en cooperación, la solicitud se presentará únicamente por una de las AAEEII participantes, tanto si participan, como si no, los socios de cada una de ellas.

A la solicitud se deberá acompañar la siguiente documentación:

 Documentación a presentar (105 kbytes)

ORGANISMO:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Competitividad e Innovación Empresarial

Órgano que resuelve:

Consejería de Economía y Hacienda

PLAZO DE RESOLUCIÓN:

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de 6 MESES a contar desde el día siguiente a la terminación del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado resolución expresa, la solicitud podrá entenderse DESESTIMADA.

Iscar Admin