SUBVENCIONES DESTINADAS A FINANCIAR ACTUACIONES DIRIGIDAS A FOMENTAR LA CALIDAD DEL SECTOR TURÍSTICO DE CASTILLA Y LEÓN (2023)
El Ayuntamiento de Íscar, desde la Concejalía de Turismo, y la de Industria y Comercio, te comparte esta información:
Subvenciones destinadas a financiar actuaciones dirigidas a fomentar la calidad del sector turístico de Castilla y León, con la finalidad de apoyar y potenciar el sector turístico, para elevar el nivel de las infraestructuras turísticas ubicadas en la Comunidad de Castilla y León y la prestación de servicios turísticos con mayor valor añadido a través del fomento de una serie de actuaciones de interés general que se desarrollan bajo la iniciativa y responsabilidad del sector privado.
Los establecimientos, agencias de viaje o empresas de turismo activo, beneficiarios de estas subvenciones, deberán estar inscritos en el Registro de Turismo de Castilla y León:
¿QUÉ PLAZO TENGO PARA SOLICITARLO?
Desde el 25 de mayo de 2023 hasta el 8 de junio de 2023
¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?
Empresas turísticas establecidas en Castilla y León, ya sean personas físicas o jurídicas privadas, titulares de establecimientos turísticos de alojamiento y de restauración, titulares de las agencias de viajes y de las actividades de turismo activo.
Agrupaciones de empresas turísticas, ya sean personas físicas o jurídicas privadas o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que puedan llevar a cabo los proyectos y de las cuales al menos una esté establecida Castilla y León.
Comunidades de bienes siempre que puedan llevar a cabo las actuaciones previstas, cuando al menos uno de los miembros esté establecido en Castilla y León.
¿QUÉ REQUISITOS DEBO CUMPLIR?
Los establecimientos, agencias de viaje o empresas de turismo activo deben estar inscritas en el Registro de Turismo de Castilla y León, al menos 12 MESES ANTES a la fecha de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León.
¿PARA QUÉ ES LA AYUDA?:
Las actuaciones que resulten subvencionadas se deberán ejecutar en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de julio de 2023.
Actividades y Gastos Subvencionables (115 kbytes)
CUANTÍA:
La cuantía de las subvenciones se determinará de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias previstas, pudiendo alcanzar hasta el 75% de la inversión aprobada por la Administración.
La cuantía se calculará detrayendo de la inversión presentada los gastos no subvencionables, teniendo en cuenta la existencia de un límite máximo de inversión aprobada de 50.000 € (IVA excluido).
El importe de la subvención, con el límite del 75% de la inversión aprobada, será proporcional a la puntuación obtenida, sin que en ningún caso pueda ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras, supere el coste de la actividad.
No serán subvencionables las actuaciones para las que el importe de la subvención a conceder sea inferior a 3.000 € o el importe de la inversión aprobada sea inferior a 9.000 €.
¿QUÉ DOCUMENTOS NECESITO?
Solicitud, en modelo normalizado, una única solicitud por cada solicitante que incluirá una única actuación subvencionable, en la que se incluirá declaración responsable del interesado relativa a diferentes extremos.
Los interesados deberán cursar sus solicitudes, junto con la documentación que se digitalizará y aportará como archivos anexos a la solicitud:
Documentación a presentar (105 kbytes)
ORGANISMO:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Órgano que resuelve:
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
PLAZO DE RESOLUCIÓN:
El plazo máximo para dictar y publicar la resolución en el “Boletín Oficial de Castilla y León” será de 6 MESES, contados a partir del día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que haya dictado y publicado la resolución, los solicitantes podrán entender DESESTIMADA su solicitud, por silencio administrativo.